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domingo, 27 de mayo de 2012

Negociar una modificación de salarios (II)



De esta manera, se establece que las distintas empresas van a poder imponer un convenio propio, cuando están pasando un mal momento, con una serie de dificultades económicas. Así, van a poder aplicarlo de dos maneras, como quieran:
-En convenios con cláusula de descuelgue, se podría dejar de aplicar el régimen salarial, que está previsto en el convenio, cuando se estén cumpliendo todos los requisitos que se establezcan, en la propia cláusula de descuelgue, siempre que la estabilidad económica de la empresa pueda verse afectada, a causa de las tablas de salarios, que está prevista por el propio convenio.
-En los convenios, donde no existan cláusula de descuelgue, cuando la situación de la empresa lo esté aconsejando, puede establecerse el descuelgue del salario, a través de un acuerdo entre el propio empresario y los representantes de los trabajadores. En dicho caso, va a tener que demostrarse la incidencia negativa de los sueldos en las cuentas de la empresa.
En cualquiera de dichas situaciones, las cláusulas de descuelgue van a poder determinar, con exactitud, la retribución que van a percibir los trabajadores. Por otro lado, hay que contemplar una serie de programación progresiva, hacia poder conseguir las condiciones salariales, que se establecen a partir del convenio colectivo, una vez que las causas aducidas, por parte del descuelgue desaparezcan. Debemos tener en cuenta, además, que la no aplicación del convenio ni puede superar los tres años de duración.
Foto: fuente

Negociar una modificación de salarios



La tan polémica reforma de negociación colectiva ha traído varias novedades, como es la facultad de poder negociar los salario, en plena época de crisis, y la prioridad para poder aplicar el convenio de empresa, frente a otras clases de convenios colectivos de trabajo. Son dos aspectos, muy importantes, en la negociación salarial es negociar, de una manera conjunta, entre todos y cada uno de los trabajadores y la cláusula de descuelgue salarial. La negociación colectiva se puede llevar a cabo a través de los representantes de los trabajadores. Tras la reforma de la normativa, que está vigente, desde mediados del año 2011, esta facultad no se ha podido alterar. Pero, si se ha cambiado, por otro lado, la jerarquía de dichos convenios. El cambio más importante es la prioridad de los convenios de empresa, sobre el resto de los puntos. Así, esta nueva prioridad, va a afectar a una serie de asuntos, como son: establecimiento de un salario base de los trabajadores; un complemento base (aumento de sueldo); retribución de las horas extra; los horarios y distribución del tiempo de trabajo. Gracias a la cláusula de descuelgue salarial, se podría llegar a ajustar los sueldos, cuando van a afectar, de una manera sensible, a las cuentas de empresa, en estos momentos, que tenemos una importante crisis económica.
Foto: fuente